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Intervenidos Vesting Group y Hernán Ospina Clavijo por operar pirámide bajo esquema de libranzas

Tras cruzar información de las bases de datos obtenidas de la Vesting Group (creada por Hernán Ospina Clavijo) con las diferentes pagadurías, realizar diligencia de toma de información y diferentes requerimientos a las sociedades involucradas, así como recibir información del liquidador y de los afectados, pudieron además identificarse múltiples hechos constitutivos de captación masiva de dineros del público.

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La medida de la SuperSociedades incluye a Vesting Group Colombia S.A.S., Vesting Group S.A.S., Hernán Ospina Clavijo (ex Skandia, ex CitiColfondos y ex Plus Capital), Rodrigo Moreno Navarrete y Mario Humberto Chacón Martínez, sobre los cuales ya se había ordenado la liquidación judicial. Los flujos mensuales ofrecidos a los terceros inversionistas no correspondía a la realidad económica de la operación, concluyó, y todo se trataba de captación no autorizada de dineros del público. El 30 de agosto de 2016 se denunció el caso aquí: involucra unos $150 mil millones.

El desarrollo de sus funciones de  intervención administrativa, la Superintendencia de Sociedades decidió la toma de posesión para devolver, de manera ordenada, las sumas de dinero aprehendidas o recuperadas de Vesting Group y de su propietario, Hernán Ospina Clavijo, por captación pirata de ahorro del público a través de libranzas.

Decretó la liquidación judicial, como medida de intervención, de los bienes, haberes, negocios y patrimonio de las sociedades Vesting Group Colombia S.A.S.; Vesting Group S.A.S.; Hernán Ospina Clavijo; Rodrigo Moreno Navarrete; y Mario Humberto Chacón Martínez durante el periodo de captación.

Designó como agente liquidador de entre los inscritos en la lista oficial de auxiliares de la justicia, a Joan Sebastián Márquez Rojas, y determinó el embargo y secuestro de todos los bienes, haberes y derechos de propiedad de las sociedades y de los individuos mencionados.

Tras cruzar información de las bases de datos obtenidas de la sociedad con las diferentes pagadurías, realizar diligencia de toma de información y diferentes requerimientos a las sociedades involucradas, así como recibir información del liquidador y de los afectados, pudieron además identificarse múltiples hechos constitutivos de captación masiva de dineros del público.

Detrás de la pirámide Vesting está una compañía de fachada en Panamá, Huthers Holding Corp., pero en verdad su gestor es Hernán Ospina Clavijo, ex Skandia, ex CitíColfondos y ex Plus Capital, también otra estructuradora de libranzas que se disolvió y liquidó en 2012, deceso del que nació otra pirámide: Plus Values, sobre cuyos accionistas habrá medidas judiciales en las próximas horas.

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Conclusión de SuperSociedades

Vesting Group Colombia ofreció una rentabilidad que no correspondía a la realidad económica de la operación y por lo tanto, debo advertirle respecto de la existencia de hechos objetivos que dan cuenta de la realización de operaciones de captación de dinero del público y, por consiguiente, la existencia de los presupuestos enunciados en el artículo sexto del Decreto 4334 de 2008.

Hernán Ospina Clavijo

Ospina Clavijo, nacido el seis de octubre de 1975 en Bogotá, es administrador de Empresas del Politécnico Grancolombiano, especialista en Finanzas Corporativas del Colegio de Estudios Superiores de Administración, Cesa. Durante cinco años fue gerente comercial de Skandia Colombia y de abril de 2008 a febrero de 2011 fue gerente de Canales Alternos del Citi.

Intervención total

Como las sociedades Vesting Group Colombia S.A.S y Vesting Group S.A.S, vienen de un proceso de liquidación judicial, la Superintendencia de Sociedades considera razonable mantener dicha modalidad dentro del proceso de intervención, entendiendo que este procedimiento no busca la extinción de los patrimonios o de sus titulares, en caso de tratarse de personas jurídicas, sino la realización de los bienes con miras al pago a los afectados.

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Las sociedades Vesting Group Colombia, y Vesting Group SAS estuvieron vinculadas activamente en la actividad irregular de la captación ilegal, entre estas y las entidades operadoras de libranza, se ejecutaron negociaciones, en virtud de las cuales se recaudó dinero sin autorización legal, supuestamente al amparo de bienes que, como se analizó, no explican de forma razonable los flujos prometidos, concluye la SuperSociedades.

“La situación en la que se encuentran las principales entidades vendedoras de cartera de Vesting Group Colombia en razón de la forma indebida en la cual llevaron a cabo su actividad, aunado a la pobre información sobre el origen de algunos de los pagarés libranza negociados, según se explicó en precedencia, es un elemento adicional que debe ser tenido en cuenta pues demuestra la forma caótica con la cual se llevó a cabo la operación por parte de todos los intervinientes vinculados con la misma, con ocasión de lo cual fue posible que se estructurara y desarrollara la captación ilegal de recursos del público”, explica.

Vesting Group Colombia manejó dinero sin tener claridad sobre los flujos que generan los pagarés-libranzas de manera individual, para cada inversionista, con lo cual se desvirtuaría la existencia de una explicación financiera razonable en la compraventa de cartera pues, en desarrollo de su actividad, desnaturalizó las operaciones al no tener identificado con precisión el flujo que generaba cada bien vendido, esencia de la negociación.

“En apariencia, las operaciones realizadas con la intervención de la sociedad Vesting Group Colombia, estaban cubiertas con el ropaje de una operación económica legal, esto es, la compraventa de cartera. No obstante lo anterior, según lo evidenciado en los casos antes descritos, resultado de muestras que no abarcaron el total de los pagarés-libranza vendidos por la sociedad en comento, es claro, que los flujos mensuales ofrecidos a los terceros inversionistas, en los casos estudiados y expuestos en este documento, no guardan relación con los descuentos efectuados por las pagadurías, cuando los hay, es decir, con la fuente de pago primaria”, dice la medida de intervención.

Vesting Group Colombia ofreció una rentabilidad que no correspondía a la realidad económica de la operación y por lo tanto, debo advertirle respecto de la existencia de hechos objetivos que dan cuenta de la realización de operaciones de captación de dinero del público y, por consiguiente, la existencia de los presupuestos enunciados en el artículo sexto del Decreto 4334 de 2008.

Para los efectos de lo dispuesto en los artículos quinto y séptimo del Decreto 4334 de 2008, “existen actividades adelantadas por Vesting Group SAS (NIT 900.735.472 y Hernan Ospina Clavijo (CC 79.689.079), que implican que se encontraban vinculadas con la operación de captación no autorizada de dineros del público de Vesting Group Colombia, así como sus accionistas y revisores fiscales”, dice la Superintendencia.

En todo proceso de insolvencia o intervención es fundamental determinar a ciencia cierta quiénes son los deudores de los créditos del concurso y de las reclamaciones de los afectados, y cuáles son los bienes que integran su patrimonio.

En efecto, el patrimonio del deudor es la prenda general de todos los acreedores y afectados, que tienen derecho a perseguir “todos los bienes raíces o muebles del deudor, sean presentes o futuros, exceptuándose solamente los no embargables”, según dispone el Código Civil en su artículo 2488.

Así las cosas, toda solicitud de exclusión de sujetos o bienes del proceso de intervención en realidad conlleva una petición para disminuir el monto de los bienes que responderán por las reclamaciones de los afectados de la captación y por las obligaciones del concurso.

Las solicitudes de exclusión de bienes y de personas serán tramitadas como objeciones en la etapa de calificación y graduación de créditos e inventarios y avalúos, en la etapa procesal que corresponda.

Publicado 01/03/2017 12:00 M.

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