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Colombia suspende venta de punteros Láser 303 de 1.000 milivatios, y más, por peligro para los ojos

OTRA COMPRA CON LA CÉDULA

La contraprestación total está estructurada como un pago en efectivo de US$5 millones a pagar en dos (2) cuotas iguales y pagos contingentes adicionales vinculados a las siguientes condiciones y / o ocurrencia de eventos: (i) la extensión del plazo de los Contratos de Servicio con un pago máximo por parte del comprador a los vendedores de US$12 Millones, (ii) el precio promedio de Brent durante los años calendario 2021 y 2022, (iii) el cobro real de los "arrastre" generado bajo los Contratos de Servicio y (iv) un porcentaje de los dividendos o distribuciones pagados por el Oleoducto OCP LTD por encima de cierta cantidad.

 

 

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Un joven sin 50% de visión en Antioquia

La medida se adopta principalmente por un accidente ocurrido el 23 de noviembre en Medellín, cuando un joven de 19 años resultó con lesión de retina y pérdida del 50% de la visión en el ojo izquierdo, tras la exposición de menos de un segundo al haz de luz producido por el dispositivo Láser 303 de color azul, con potencia de salida de 1.000 mW.

Sanciones por uso en fútbol

El dos de julio de 2015, durante el juego disputado en el marco del campeonato Uefa (Unión de Asociaciones Europeas de Fútbol) entre los equipos Aberdeen de Escocia y Shkendija de Macedonia, el arquero del equipo escocés Danny Ward fue apuntado por hinchas del equipo macedonio, lo cual condujo a que las autoridades de la Uefa adelantara un proceso disciplinario contra el equipo que jugaba de local.

Peligro para pilotos de aviones

El 15 de febrero de 2016, un vuelo de la compañía Virgin Atlantic que cubría la ruta Londres- Nueva York tuvo que regresar al Aeropuerto de Heathrow, al presentarse un percance médico con uno de los pilotos quien fue apuntado con un láser a más de 8.000 pies de altura. Este incidente, al cual se suman más, llevó a que la Asociación Británica de Pilotos de Aerolíneas solicitara al Gobierno Británico clasificar los láseres como armas peligrosas, con el fin de que la policía sea facultada para arrestar a quienes posean sin justa razón dichos dispositivos.

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En principio y por 60 días en lo que tiene que ver con los consumidores comunes mientras se surte una investigación por parte de la SuperIndustria, que advierte que no es un juguete y su etiquetado es insuficiente y engañoso. La prohibición no afecta a los láseres empleados para fines industriales, médicos, científicos v militares. Se ordena a Mercado Libre Colombia Limitada; a OLX, La tienda en línea, la Comercializadora P&G LA 21 y Shopping Sport certificar las tenencias del producto y conmina a la población a no comprar esos productos y los de mayor potencia de salida. La decisión obedece al accidente ocurrido en Medellín, en donde un joven de 19 años perdió 50% de la visión en su ojo izquierdo, tras ser apuntado por un amigo. Y hay múltiples ejemplos en el mundo.  

La Dirección de Investigaciones del Protección del Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio decidió ordenar, de manera preventiva y por 60 días, que se suspenda inmediatamente la producción, comercialización y distribución del producto denominado: "Láser 303,  azul, con potencia de salida de 1.000 mW (milivatios) y longitud de onda de 450 mm", así como de todos aquellos punteros láser que tengan una potencia de salida mayor o igual a 1.000 milivatios.

 

La autoridad concluyó que existe el riesgo de lesión ocular asociado a los punteros láser que “resulta indudable y se agudiza al estar disponible en el mercado colombiano sin restricción alguna, potencializando la ocurrencia de lesiones al no tratarse de un producto que fácilmente puede ser identificado como peligroso por consumidores promedio”, dice la medida.

 

La restricción no incluye a los punteros que sean destinados para  la estricta utilización médica, científica, industrial o militar, y que sean manejados exclusivamente por parte de expertos y profesionales.

 

Su peligrosidad crece teniendo en cuenta que su comercialización se hace de forma presencial o a través de Internet, en donde se presentan como productos atractivos para fines de entretenimiento y ocio, es decir para explotar globos, encender cigarrillos, perturbar mascotas y personas, lo cual se incrementa de forma proporcional mientras más potencia de salida y longitud de onda presenta el dispositivo, al resultar más atractivo por su significativo alcance, lo cual estimula su uso en eventos deportivos y manifestaciones culturales para perturbar su actuación.

 

La medida se adopta principalmente por un accidente ocurrido el 23 de noviembre en Medellín, cuando un joven de 19 años resultó con lesión de retina y pérdida del 50% de la visión en el ojo izquierdo, tras la exposición de menos de un segundo al haz de luz producido por el dispositivo Láser 303 de color azul, con potencia de salida de 1.000 mW y longitud de onda de 450 mm; hecho calificado como un indicio grave que permite colegir que el dispositivo, involucrado en este accidente, es inseguro.

 

Ya que en los centros asistenciales a los cuales inicialmente acudió, no disponían de consulta  oftalmológica, el lesionado fue atendido el 24 de noviembre de 2015 en la Clínica Oftalmológica de Antioquia S.A. (Clofan), en la cual, al ser valorado por un oftalmólogo y un retinólogo, le fue diagnosticada: hemorragia del vítreo, por lo que le conminó a que le fuera practicado un procedimiento quirúrgico un día después para remover el hematoma producido por la quemadura de la retina del ojo comprometido.

 

El paciente relató que el lunes 23 de noviembre un amigo le pasó el láser por menos de un segundo por el ojo izquierdo con pérdida instantánea de la visión. Acudió en consulta a las clínicas las Vegas, San Diego y el Ces de Medellín, donde no fue atendido por no disponer de consulta oftalmológica.  Consultó de manera particular el martes 24 de noviembre al oftalmólogo Luis Femando Mejía Echavarría quien lo remitió al retinólogo Juan Gonzalo Sánchez interviniéndolo con cirugía láser para remover el hematoma el miércoles 25 de noviembre.

 

Además de pérdida de visión del 50% no presenta otros síntomas. Se diagnosticó compromiso del 10% de la retina con campo de visión perdido entre las 4:00 y las 7:00 de las manecillas del reloj por el hematoma. Desde 2010 se ha registrado innumerables casos en el mundo con consecuencias reversibles e irreversibles.

 

El hecho, conminó a la Superintendencia de Industria y Comercio a emitir las órdenes necesarias para salvaguardar la salud e integridad de los consumidores colombianos tras corroborar la ocurrencia del accidente, así como la identificación del lesionado y del producto que ocasionó la lesión, para lo cual el principal soporte constituyó el informe elaborado por la Secretaría de Salud de Medellín, la cual tomó el testimonio de la víctima, y realizó un estudio de campo en aras de realizar la individualización.

 

Se trata de la presencia de un producto inseguro en el mercado colombiano, y tras el estudio de las medidas que sobre el particular rigen en el Derecho Comparado, mundial se ratificó el riesgo de la utilización en forma no supervisada e inadvertida del producto, lo que ha llevado a restricción y/o prohibición de los láseres en leyes referentes a la seguridad y defensa de los estados, y en algunos lugares son catalogados como armas que requieren salvoconductos para su porte y utilización, y la exigencia de requisitos de justificación para obtenerlos.

 

El accidente de Medellín y otros en el mundo ilustran cómo el riesgo de pérdida de visión en una persona puede afectar simultáneamente a un numeroso grupo de ellas, como es el caso de los conductores de buses y vehículos en movimiento, o pilotos de aeronaves enceguecidos al momento de realizar una maniobra de riesgo como es el despegue y aterrizaje, lo cual pone en riesgo la vida de todos los ocupantes del vehículo o aeronave.

 

Los láseres se usan para ocasionar molestias de manera intencional y/o imprudente a personal de la fuerza pública, pilotos, jugadores de fútbol y a artistas en manifestaciones públicas, quienes si bien pueden encontrarse a cientos de metros de distancia del agresor, el impacto del haz de luz puede ocasionar lesiones en la visión.

 

-           El dos de julio de 2015, durante el juego disputado en el marco del campeonato Uefa (Unión de Asociaciones Europeas de Fútbol) entre los equipos Aberdeen de Escocia y Shkendija de Macedonia, el arquero del equipo escocés Danny Ward fue apuntado por hinchas del equipo macedonio, lo cual condujo a que las autoridades de la Uefa adelantara un proceso disciplinario contra el equipo que jugaba de local.
 

-           El 19 de noviembre de 2015, el conductor de un bus de servicio público de la ciudad de Nueva York sufrió lesiones leves en su visión luego de que un pasajero le apuntara con un láser, mientras el vehículo se encontraba en movimiento.

 

-           El 15 de febrero de 2016, un vuelo de la compañía Virgin Atlantic que cubría la ruta Londres- Nueva York tuvo que regresar al Aeropuerto de Heathrow, al presentarse un percance médico con uno de los pilotos quien fue apuntado con un láser a más de 8.000 pies de altura. Este incidente, al cual se suman más, llevó a que la Asociación Británica de Pilotos de Aerolíneas solicitara al Gobierno Británico clasificar los láseres como armas peligrosas, con el fin de que la policía sea facultada para arrestar a quienes posean sin justa razón dichos dispositivos.

 

En estos escenarios normalmente no se toman precauciones, y además las advertencias del empaque del producto o etiquetado son insuficientes y engañosas para conjurar los peligros que entrañan, más aún si se encuentran en inglés y cuyos pictogramas ilustrativos de las advertencias no son explícitos para exponer los peligros asociados al producto, potencializando la vulneración del derecho a la seguridad e indemnidad que tiene el consumidor.

 

La prohibición advierte que el incumplimiento de la orden que se imparte dará lugar a la imposición de multas sucesivas de hasta mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes y toda puesta a disposición a los consumidores bajo cualquier modalidad (presencial, o a través de cualquier otro tipo de venta no tradicional o a distancia).

 

Durante 15 días hábiles la autoridad recibirá opiniones, sugerencias, observaciones y propuestas de todos aquellos que tengan interés directo en la importación, producción y comercialización de los punteros para que manifiesten sus puntos de vista sobre su seguridad. Igualmente, todos aquellos que tengan reportes de lesiones o incidentes relacionados directa o indirectamente con el producto, podrán informarlo a la Superintendencia dentro del mismo plazo.

 

Finalmente ordena a Mercado Libre Colombia Limitada, OLX. La tienda en línea, Comercializadora P&G LA 21 Ltda y, a Shopping Sport S A.S. alleguen un inventario del producto, así como de todos aquellos punteros láser que tengan una potencia de salida mavor o igual a 1 mW (milivatio), que no sean para la estricta utilización médica, científica, industrial o militar, y estén destinados para el exclusivo manejo por parte de expertos y profesionales, especificando: i) la cantidad de unidades que tienen de esos productos, ii) el número de lote al que corresponden, iii) el lugar donde permanecerán mientras transcurre el término de la prohibición de producción y comercialización aquí ordenada, iv) el "Responsable institucional" de su custodia.

Publicado el 07/06/2016  09:40 AM

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